
Preguntas frecuentes sobre el plano de incendio
Las consultas que más nos llegan sobre el registro del plano de prevención contra incendios en la Ciudad de Buenos Aires. Si la tuya no está acá, escribinos por WhatsApp con la dirección, los metros cuadrados y el rubro.
Si me corresponde o no
¿Siempre hace falta registrar el plano?
No. Todos los usos de hasta 500 m² de superficie total desarrollados en planta baja y hasta un piso alto y/o un subsuelo quedan afuera. Por encima de esa superficie, o con más niveles, sí hace falta. Los casos que más confunden están desarrollados en ¿Necesito plano?
¿Los 500 m² son cubiertos o incluyen lo semicubierto?
Incluyen las dos superficies. La norma habla de superficie total, cubierta y semicubierta. Por eso conviene medir bien antes de dar por sentado que el inmueble queda afuera.
Tengo 480 m² pero en tres plantas. ¿Estoy exento?
No. La excepción exige las tres condiciones juntas: hasta 500 m², en planta baja y hasta un piso alto y/o un subsuelo. Tres plantas ya salen del supuesto.
¿Un depósito a cielo abierto computa?
Sí, cuando supera los 1.500 m² descubiertos. Es uno de los casos que más se pasan por alto.
Cambié el uso del local. ¿Tengo que volver a presentar?
Sí. Toda modificación respecto del permiso original reabre la exigencia, aunque el permiso anterior estuviera aprobado y vigente.
El trámite
¿Dónde se presenta?
Ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, íntegramente en línea a través del sistema de Tramitación a Distancia. No hay presentación en papel.
¿Puedo presentarlo yo mismo?
El expediente lo inicia el propietario, el inquilino o el concesionario, pero el plano lo tiene que firmar un profesional matriculado con encomienda de tarea profesional registrada. Nosotros hacemos las dos cosas: el proyecto y la presentación.
¿Qué diferencia hay entre Permiso de Ejecución y Conforme a Obra?
El Permiso de Ejecución autoriza a ejecutar la instalación y va antes de la obra. El Conforme a Obra declara que la instalación terminada coincide con lo aprobado y va después. Son dos instancias del mismo expediente, no alternativas.
La instalación ya está hecha y nunca se registró. ¿Qué hago?
Va por Regularización. Se releva lo ejecutado, se compara con lo que exige la norma, se corrige lo que haga falta y recién ahí se presenta. Es más trabajoso que el permiso previo, pero es el camino que ordena la situación.
¿En qué formato va el plano?
En .dwf, sobre el template reglamentario del Código de Edificación. Un PDF o un DWG sin el template hacen volver el expediente.
¿Cuánto tarda?
Depende de las vueltas de observaciones. La Ciudad da 7 días corridos para subsanar observaciones administrativas y 45 días corridos para las técnicas. Un expediente bien armado desde el inicio es lo único que acorta el proceso.
Costos y alcance
¿El trámite tiene costo?
El registro ante el Gobierno de la Ciudad es gratuito conforme a la ley tarifaria vigente. Lo que se abona es el trabajo profesional: el relevamiento, el proyecto, el plano y la firma.
¿Cuánto sale?
Se presupuesta según la superficie y el uso. Escribinos por WhatsApp con la dirección, los metros cuadrados y el rubro y te pasamos el presupuesto cerrado.
¿Es lo mismo que el sistema de autoprotección?
No. El plano de incendio es una exigencia del Código de Edificación sobre el edificio y sus instalaciones. El sistema de autoprotección es una exigencia de la Ley 5920 sobre cómo se organiza la gente para evacuar. Muchos inmuebles necesitan los dos, y son dos trámites distintos.
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